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NRV 17.ª · Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio

Retribuir con acciones u opciones no es gratis contablemente: hay gasto de personal aunque no salga dinero de la caja. La norma determina cuánto y cuándo se reconoce ese gasto.

Dos modalidades

  • Liquidadas con instrumentos de patrimonio. La empresa entrega acciones u opciones. Se reconoce un gasto —normalmente de personal— con abono a patrimonio neto, valorado por el valor razonable de los instrumentos concedidos en la fecha del acuerdo. Ese valor no se revisa posteriormente aunque cambie la cotización.
  • Liquidadas en efectivo. La empresa se obliga a pagar un importe vinculado al valor de sus instrumentos de patrimonio, como en las phantom shares. Se reconoce un pasivo, valorado a valor razonable en cada fecha de cierre hasta su liquidación, con los cambios en resultados.

Periodo de irrevocabilidad

Cuando la concesión está condicionada al cumplimiento de determinadas condiciones —permanencia, consecución de objetivos—, el gasto se reconoce distribuido a lo largo del periodo en que se cumplen esas condiciones, y no de una vez en la fecha de concesión. Las condiciones de mercado se incorporan al valor razonable inicial; las que no son de mercado se tienen en cuenta ajustando el número de instrumentos que se espera que finalmente se consoliden.

El error habitual en startups

Conceder un plan de opciones a empleados y no contabilizar nada porque «no hay salida de caja». El gasto existe, afecta al resultado y su omisión distorsiona las cuentas justo cuando más se miran, que es en una ronda de financiación o en una due diligence.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Cómo se valora una opción si la sociedad no cotiza?

Con técnicas de valoración de opciones aplicadas sobre una valoración razonable de las participaciones, documentando las hipótesis: valor de la acción subyacente, precio de ejercicio, volatilidad estimada por referencia a comparables, plazo y tipo sin riesgo. Es un trabajo técnico que conviene encargar y conservar, porque será revisado.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.