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NRV 16.ª · Pasivos por retribuciones a largo plazo al personal
Cuando la empresa asume un compromiso con sus empleados que se materializará años después —un premio de jubilación, una prestación complementaria—, ese compromiso es un pasivo desde que nace, no desde que se paga.
Dos tipos de compromiso
- Aportación definida. La empresa se obliga a realizar contribuciones de carácter predeterminado a una entidad separada y no tiene obligación de pagar cantidades adicionales si esta no dispone de activos suficientes. El tratamiento es sencillo: la aportación devengada es gasto del ejercicio.
- Prestación definida. La empresa se obliga a facilitar una prestación determinada, asumiendo el riesgo actuarial y, en su caso, el de inversión. Aquí hay que reconocer un pasivo por el valor actual de las retribuciones comprometidas, minorado por el valor razonable de los activos afectos.
Cómo se valora la prestación definida
El pasivo se determina como la diferencia entre el valor actual de las retribuciones comprometidas y el valor razonable de los activos afectos al compromiso, más o menos el importe del coste de los servicios pasados no reconocido. El cálculo exige hipótesis actuariales: rotación, mortalidad, incrementos salariales y tipo de descuento, que se determina por referencia a la rentabilidad de emisiones de alta calidad crediticia o de deuda pública.
Las pérdidas y ganancias actuariales se reconocen directamente en el patrimonio neto, a través de las cuentas de los grupos 8 y 9, y se imputan a reservas sin pasar por la cuenta de pérdidas y ganancias.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
¿Es deducible la dotación?
Con carácter general no lo es la provisión por retribuciones a largo plazo mientras no se materialice el pago o no se exteriorice el compromiso mediante contratos de seguro o planes de pensiones con los requisitos legales. Genera por tanto un ajuste positivo y un activo por impuesto diferido que revertirá cuando la prestación se abone.
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.