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Normas de registro y valoración
La segunda parte del Plan es su núcleo obligatorio. Veintitrés normas que desarrollan el marco conceptual y responden, para cada tipo de elemento, a las dos preguntas que importan: cuándo se reconoce y por cuánto.
| N.º | Norma | Materia |
|---|---|---|
| 1.ª | Desarrollo del Marco Conceptual | Relación entre marco y normas |
| 2.ª | Inmovilizado material | Valoración inicial, amortización, deterioro y baja |
| 3.ª | Normas particulares sobre inmovilizado material | Solares, construcciones, utillaje, piezas de recambio |
| 4.ª | Inversiones inmobiliarias | Inmuebles para renta o plusvalía |
| 5.ª | Inmovilizado intangible | Reconocimiento, vida útil y amortización |
| 6.ª | Normas particulares sobre intangible | I+D, concesiones, patentes, fondo de comercio, aplicaciones informáticas |
| 7.ª | Activos no corrientes mantenidos para la venta | Clasificación, valoración y operaciones interrumpidas |
| 8.ª | Arrendamientos y otras operaciones similares | Financiero, operativo y venta con arrendamiento posterior |
| 9.ª | Instrumentos financieros | Activos, pasivos, patrimonio, coberturas y deterioro |
| 10.ª | Existencias | Coste, métodos de asignación y valor neto realizable |
| 11.ª | Moneda extranjera | Partidas monetarias y no monetarias |
| 12.ª | IVA, IGIC y otros impuestos indirectos | Cuándo el impuesto es mayor coste |
| 13.ª | Impuestos sobre beneficios | Impuesto corriente y diferido |
| 14.ª | Ingresos por ventas y prestación de servicios | Reconocimiento y valoración de los ingresos |
| 15.ª | Provisiones y contingencias | Reconocimiento, valoración y compensaciones |
| 16.ª | Retribuciones a largo plazo al personal | Aportación definida y prestación definida |
| 17.ª | Pagos basados en instrumentos de patrimonio | Retribución con acciones u opciones |
| 18.ª | Subvenciones, donaciones y legados | Reintegrables y no reintegrables, imputación |
| 19.ª | Combinaciones de negocios | Método de adquisición y fondo de comercio |
| 20.ª | Negocios conjuntos | Explotaciones y activos controlados conjuntamente |
| 21.ª | Operaciones entre empresas del grupo | Valoración y operaciones de reestructuración |
| 22.ª | Cambios en criterios contables, errores y estimaciones | Efecto retroactivo o prospectivo |
| 23.ª | Hechos posteriores al cierre | Los que ajustan y los que solo se informan |
Cómo se usan
La secuencia de trabajo ante cualquier operación es siempre la misma. Primero se identifica qué elemento es, con las definiciones del marco conceptual. Después se localiza la norma aplicable y se comprueba si existe resolución del ICAC que la desarrolle. Solo entonces se decide el asiento.
Invertir el orden —pensar primero en la cuenta y después justificarla— es el origen de la mayoría de los errores materiales, porque la cuenta se elige por costumbre y arrastra un tratamiento que puede no corresponder a la operación.
Las que más problemas dan
- La 9.ª, instrumentos financieros. Es la más extensa y la que más categorías y matices tiene.
- La 14.ª, ingresos. Determinar cuándo se reconoce un ingreso en contratos complejos es la discusión más habitual con auditores.
- La 15.ª, provisiones. El límite entre provisión y contingencia decide si algo entra o no en el balance.
- La 18.ª, subvenciones. El carácter reintegrable y las condiciones de mantenimiento cambian por completo el tratamiento.
- La 21.ª, operaciones entre empresas del grupo. Con reglas propias que se apartan del valor razonable en las reestructuraciones.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.