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Cuadro de cuentas
La cuarta parte del Plan ordena las cuentas mediante una clasificación decimal en nueve grupos. No es obligatoria en cuanto a numeración y denominación, pero es el lenguaje común de la contabilidad española: el software, los auditores, los bancos y la Administración lo dan por supuesto.
Cómo se lee un número de cuenta
Cada dígito añade un nivel de detalle. La cuenta 430 «Clientes» pertenece al subgrupo 43 «Clientes», que a su vez pertenece al grupo 4 «Acreedores y deudores por operaciones comerciales». Añadiendo cifras se desciende a subcuentas: 4300 para clientes en euros, 4304 para clientes en moneda extranjera, y a partir de ahí lo que cada empresa necesite.
| Nivel | Cifras | Ejemplo |
|---|---|---|
| Grupo | 1 | 4 · Acreedores y deudores por operaciones comerciales |
| Subgrupo | 2 | 43 · Clientes |
| Cuenta | 3 | 430 · Clientes |
| Subcuenta | 4 o más | 4300 · Clientes (euros) |
El cuadro contiene 9 grupos, 78 subgrupos y 421 cuentas de tres cifras, además de las subcuentas de cuatro cifras que el propio Plan desarrolla en los casos en que el desglose resulta especialmente útil. Las cuentas terminadas en 9 suelen ser las de «otros» de su subgrupo, y las que empiezan por 28 y 29 son cuentas correctoras del activo, con saldo acreedor pese a figurar en el activo del balance minorándolo.
La lógica de los nueve grupos
- Grupos 1 a 5: balance. Del 1 al 5 se recogen las partidas patrimoniales, ordenadas de mayor a menor permanencia: financiación básica, activo no corriente, existencias, deudores y acreedores comerciales y cuentas financieras.
- Grupos 6 y 7: resultado. Gastos e ingresos que se llevan a la cuenta de pérdidas y ganancias y determinan el resultado del ejercicio.
- Grupos 8 y 9: patrimonio neto. Gastos e ingresos que la norma manda imputar directamente al patrimonio neto y que figuran en el estado de cambios en el patrimonio neto hasta su transferencia a resultados.
Los grupos 8 y 9 tienen una peculiaridad: se saldan al cierre contra las cuentas del subgrupo 13, de modo que no aparecen como tales en el balance ni en la cuenta de resultados, sino que su efecto queda en las cuentas de ajustes por cambios de valor y de subvenciones.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
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Sobre el cuadro de cuentas
¿Puedo crear cuentas que no existen en el Plan?
Sí, y es lo habitual. El desarrollo en subcuentas de cuatro o más cifras es libre y con frecuencia necesario: para separar clientes por área geográfica, para identificar gastos no deducibles, para distinguir operaciones con partes vinculadas o para seguir el IVA por tipos. La única exigencia es que la información permita cumplimentar correctamente los modelos de cuentas anuales.
¿Por qué hay grupos y subgrupos sin usar, como el 6 en algunos números?
La clasificación decimal deja huecos deliberadamente para permitir desarrollos futuros y adaptaciones sectoriales sin romper la numeración existente. Por eso faltan, por ejemplo, los subgrupos 27, 37, 38, 42, 45, 72 o 78: están reservados.
¿Las cuentas de los grupos 8 y 9 aparecen en el balance?
No. Al cierre se saldan contra las cuentas del subgrupo 13, de forma que lo que figura en el balance es el saldo acumulado de subvenciones, operaciones de cobertura, diferencias de conversión y demás ajustes por cambio de valor. El detalle del movimiento del ejercicio es lo que se muestra en el estado de cambios en el patrimonio neto.
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.