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Consultas contables

La pregunta suele tener la misma forma: «esto, ¿cómo se contabiliza?». Y detrás casi nunca hay una duda de mecánica, sino de calificación: qué es realmente la operación, en qué momento se reconoce, por qué importe y contra qué cuenta. Eso es lo que resolvemos.

Qué incluye la respuesta

  • Calificación de la operación. Qué es en términos del Plan: una permuta, una prestación de servicios con varias obligaciones, un arrendamiento financiero, una aportación de socios.
  • Norma aplicable. La norma de registro y valoración concreta, con su apartado, y las consultas del ICAC que la interpretan.
  • Reconocimiento y valoración. Cuándo se registra y por qué importe, con el desarrollo del cálculo cuando lo hay.
  • El asiento. Cuentas de cargo y de abono, con las subcuentas de cuatro cifras si conviene abrirlas.
  • Efecto en las cuentas anuales. En qué epígrafe del balance o de la cuenta de pérdidas y ganancias aparece y qué hay que decir en la memoria.
  • Enlace fiscal. Si el registro tiene consecuencias en Sociedades, IVA u otro impuesto, se advierte y se cuantifica.

Las diez consultas contables más frecuentes

ConsultaDónde está la dificultad
Permuta de solar por obra futuraCalificación como permuta comercial y momento de reconocimiento del ingreso
Subvención con condicionesCuándo es reintegrable y cuándo pasa a patrimonio neto e imputación a resultados
Deterioro de participacionesDeterminación del importe recuperable y prueba documental del cálculo
Capitalización de un préstamo del socioValoración del crédito capitalizado y posible ingreso o reserva
Leasing frente a rentingTransferencia sustancial de riesgos y beneficios y opción de compra
Contratos con varias obligacionesSeparación de obligaciones de desempeño y reparto del precio
Provisión frente a pasivo contingenteProbabilidad, fiabilidad de la estimación y desglose en memoria
Activos por impuesto diferidoPrueba de recuperabilidad y horizonte temporal admisible
Moneda extranjeraPartidas monetarias y no monetarias y tratamiento de las diferencias
Errores de ejercicios anterioresAjuste contra reservas frente a resultado del ejercicio

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

Preguntas frecuentes

Sobre las consultas contables

¿Sirve una consulta si aún no hemos hecho la operación?

Sirve mucho más. Consultar antes permite estructurar la operación de la forma que resulte correcta y eficiente, en lugar de buscar el mejor encaje posible para algo ya firmado. Buena parte de los problemas contables y fiscales que llegan a comprobación se habrían evitado con una llamada dos semanas antes.

¿Podéis apoyaros en una consulta del ICAC?

Sí, y lo hacemos siempre que existe una aplicable. Las consultas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas publicadas en su boletín son la fuente interpretativa de referencia en materia contable, y su cita refuerza la posición cuando alguien discute el criterio. Cuando no hay consulta directa, se razona por analogía y se advierte de ello.

¿La respuesta incluye el asiento hecho?

Sí, con cuentas e importes, y con las subcuentas de cuatro o más cifras cuando el desglose es relevante para la memoria o para el seguimiento fiscal. Si la operación se extiende a varios ejercicios, se incluye también el cuadro de imputación año por año.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.